La UE falla a favor de Sovena en la disputa por la marca registrada
Las empresas rivales Sovena y Mueliva se disputaron la titularidad de marcas similares.
Tras cuatro años de debate, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) ha fallado a favor del fabricante de aceite de oliva Sovena, otorgándole el derecho a utilizar todas las representaciones de la marca Fontoliva.
Mueloliva no ha demostrado el uso efectivo de la marca española anterior en España para el aceite de oliva virgen durante el período pertinente.
Hasta este momento, el productor de aceite de oliva oponente, Mueloliva, había intentado impedir que Sovena utilizara la marca, alegando la titularidad exclusiva de los derechos sobre Fontoliva debido a su similitud con su propia marca Fuenoliva. Tras descubrir el uso actual y comercial limitado de la marca por parte de Mueloliva, la EUIPO ha dado la razón a Sovena, poniendo fin a una disputa de cuatro años entre las dos empresas.
Fontoliva fue motivo de controversia entre las empresas rivales, ya que cada una reclamaba la propiedad de la marca y su similitud.

En 2012, Sovena, un importante productor de aceite de oliva de Portugal, solicitó el registro de la marca Fontoliva, pero se encontró con la oposición de Mueloliva, que reclamaba la propiedad exclusiva y los derechos de uso.
Mueloliva argumentó que su derecho de propiedad exclusiva se basaba en un precedente establecido que apuntaba a dos resoluciones dictadas por la EUIPO. En 2014 y 2015, la EUIPO confirmó la resolución a favor de Mueloliva, demostrando que la marca Fuenoliva estaba en uso y que el uso de la marca Fontoliva por parte de Sovena podría crear confusión entre los consumidores.
Tras una investigación más exhaustiva, la EUIPO descubrió información adicional que respaldaba la decisión de conceder a Sovena el derecho a utilizar la marca Fontoliva.
A pesar de sus alegaciones de una producción actual generalizada, la EUIPO consideró que el uso de la marca por parte de Mueloliva tenía un alcance limitado, alcanzando solo 42 000 litros en ventas, una cantidad reducida para el mercado en cuestión. Además, solo se encontraron como prueba que respaldara la alegación de Mueloliva diez facturas no consecutivas, tres etiquetas y dos artículos de prensa.
La sentencia del Tribunal General concluyó: «De ello se desprende que Mueloliva no ha demostrado el uso efectivo de la marca española anterior en España para el aceite de oliva virgen durante el período pertinente con respecto a los criterios…en particular, habida cuenta de los bajos volúmenes que se ha demostrado que se comercializaron bajo dicha marca y del carácter irregular de las ventas en cuestión durante el período pertinente en relación con la capacidad de producción de aceite de oliva de la parte oponente y las características de ese producto alimenticio de consumo masivo».
Según el sitio web jurídico InfoCuria, el tribunal falló a favor de Sovena basándose en el uso efectivo limitado de la marca anterior Fuenoliva. Además de dictar una resolución que concedía la protección del uso del nombre Fontoliva, el tribunal condenó a la EUIPO a pagar las costas en que hubiera incurrido Sovena por el procedimiento judicial. Además de dicho pago, se condenó a la EUIPO y a Mueloliva a pagar cada una la mitad de las costas en que incurrió Sovena a efectos del procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO.
El asunto Sovena Portugal – Consumer Goods SA contra la EUIPO queda oficialmente cerrado.