Corto Olive demanda a su rival Gemsa por una supuesta infracción de marca registrada

Corto ha presentado hoy una demanda contra Gemsa Enterprises, LLC por lo que Corto ha calificado como una «flagrante imitación» de su marca de aceite mezclado 51-49.

Corto Olive, L.P., uno de los principales productores de aceite de oliva de California, ha presentado hoy una demanda ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California contra Gemsa Enterprises, LLC por lo que, según Corto, constituye una flagrante imitación de su marca de aceite mezclado «51-49».

«El intento de Gemsa de engañar a los clientes para que crean que están comprando nuestro producto es tan flagrante y minucioso que nos hemos visto obligados a tomar medidas», declaró Tom Cortopassi, de Corto Olive.

Un abogado que representa a Corto Olive confirmó la presentación de la demanda y facilitó una copia a Olive Oil Times. Gemsa no respondió de inmediato a una solicitud de comentarios.

Véase también: Corto Olive, L.P. contra Gemsa Enterprises, LLC

«El intento de Gemsa de engañar a los clientes para que crean que están comprando nuestro producto, en lugar de una imitación de bajo coste, es tan flagrante que nos hemos visto obligados a tomar medidas. Estamos decididos a hacer valer nuestros derechos en todos los casos en que un competidor intente apropiarse de nuestra propiedad intelectual, y protegeremos a los restauradores y distribuidores de servicios de restauración que confían en nuestra marca como sinónimo de aceite de oliva de primera calidad», afirmó Tom Cortopassi, socio director senior de Corto Olive.

Según un comunicado de prensa, Corto envió a Gemsa una carta en mayo de 2018 exigiéndole que dejara de utilizar la marca 51-49®, pero Gemsa no tomó medidas correctivas. Corto se percató por primera vez del uso de la marca por parte de Gemsa en mayo de este año.

Two different boxes of cooking oil, labeled as 51/49, featuring olive and canola oil blends.

«La marca 51/49 del demandado no difiere sustancialmente de la marca 51-49 del demandante, y el uso de la marca 51/49 por parte del demandado puede causar confusión, error o engaño a los compradores y potenciales compradores en cuanto al origen, patrocinio o aprobación del producto», señala la demanda.

Los envases son notablemente similares, lo que llevó a Corto a argumentar que Gemsa tenía la intención de causar confusión: «La copia y el uso continuado por parte del demandado de la propiedad intelectual del demandante son deliberados, como lo demuestra el grado en que el demandado ha copiado no solo la marca 51-49, sino también los detalles de la imagen comercial 51-49 del demandante».

Corto solicitó al tribunal en su escrito que impidiera a Gemsa vender productos que llevaran la marca; que ordenara la retirada y destrucción de los productos asociados de Gemsa; y que Gemsa pagara a Corto todas las ganancias monetarias obtenidas por la venta del producto, además de una indemnización por daños punitivos y otras medidas de reparación.